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La
Contraloría General de la Republica -CGR- por atribución
constitucional, y en forma externa, le corresponde conceptuar sobre
la calidad y eficiencia del control fiscal de las entidades y
organismos públicos en su respectiva jurisdicción.
La
Ley 42 de 1993, facultó a la Contraloría General de la República,
para establecer los métodos y procedimientos con los cuales evaluará
la calidad, el nivel de confianza y eficiencia del Sistema de
Control Interno de las entidades públicas; como parte del ejercicio
de su función fiscalizadora.
En
consecuencia, el control fiscal al realizarse en forma posterior y
selectiva no participa de las actuaciones administrativas sino que
por el contrario cada entidad automáticamente, tiene la facultad de
diseñar y aplicar sus métodos y procedimientos de Control Interno
según su naturaleza y en atención a los parámetros formulados por la
Ley 87 de 1993.
Las
irregularidades las puede comunicar a:
http://www.contraloriagen.gov.co/html/participacion_ciudadana/participacion_denuncias.asp
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